Читать книгу Poder Judicial y conflictos políticos. Volumen I. (Chile: 1925-1958) онлайн

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42 Véase Soto Kloss (1974): 357, nota 23.

43 Andrés Bello, «Publicidad de los Juicios», El Araucano, 1830, citado en Iván Jaksić, Andrés Bello. La pasión por el orden, Caracas: bid & co. editor, 2007: 316.

44 Desde luego «la ley» no emerge de la nada, sino de las prácticas culturales e institucionales de una sociedad o nación. En el caso de Chile se mantenían vigentes las leyes coloniales y españolas durante décadas después de la independencia y los primeros esfuerzos para «codificar» las leyes se referían más bien a compilaciones de las leyes existentes. Y cuando se promulgó el Código Civil (1857) tenía como fuentes principales Las Siete Partidas (con bases en el derecho romano) y el Código Civil francés. Véase Iván Jaksić, (2007): 281-300.

45 Andrés Bello, «Necesidad de Fundar las Sentencias», El Araucano, 1839, citado en Agustín Squella, «Andrés Bello: Ideas sobre el Orden y la Libertad». Estudios Públicos, 11 (1983): 227-243.

46 Sobre la influencia del positivismo legal y el formalismo en Chile véase Hilbink, (2007) Javier Couso, «The Politics of Judicial Review in Chile in the Era of Democratic Transition: 1990-2002», Democratization, 10 (4) 2003: 70-91.

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