Читать книгу El ocaso de los dominios valencianos de los Medinaceli. El tránsito del antiguo régimen al liberalismo en los estados señoriales de Segorbe, Dénia y Aitona онлайн

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CUADRO 18

Distribución de la renta nobiliaria en Geldo en 1766

Reales%Partición de frutos3.923Censos en dinero de casas y tierras1.403Censos del molino (paga la ciudad de Segorbe)323Total partición y censos enfitéuticos5.64972,20Luismos3003,83Tienda, panadería y taberna225Horno1.350Carnicería60Total monopolios y derechos privativos1.63520,90Escribanía juzgado alcalde ordinario450,58Arriendos de bienes donde se conserva el dominio útil (huerto)1952,49Total Geldo7.824100,00

Fuente: Elaborado a partir de la visita general de 1766. En ADM, Segorbe, leg. 6/24, ff. 82v-84r.

CUADRO 19

Ingresos de la Casa ducal por partición de frutos en Geldo en 1766

RealesTrigo, 15 cahíces1.688Maíz, 20 cahíces1.200Hoja de morera, 25 cargas563Alubias, 1 cahiz127Lino, 4 arrobas120Vino, 1 bota90Algarrobas, 3 cargas90Aceite, 2 arrobas45Total3.923

Fuente: Elaborado a partir de la visita general de 1766. En ADM, Segorbe, leg. 6/24, f. 83v.

Y si nimias podían considerarse las rentas provenientes de censos y particiones, más insignificantes resultaban las cimentadas en los derechos privativos. Ya se ha relatado cómo el molino señorial de la población fue establecido enfitéuticamente a la ciudad de Segorbe como una de las comodidades para que se apartase del pleito de incorporación a la Corona. La enajenación del molino no solo había supuesto un perjuicio económico para la hacienda señorial, calculado en unos 2.700 reales anuales,84 sino también un foco de conflictos con la población, ya que el molino utilizaba el canal que permitía el riego de la huerta geldana y en épocas de sequía limitaba su uso a los vecinos.85 Tampoco resultaban mucho mejor parados los derechos de tienda, panadería y taberna. Se arrendaban por 450 reales anuales, pero el duque solo ingresaba la mitad porque, según el concejo, la otra mitad les correspondía a ellos por ser propios de la población, aunque en ningún momento demostraron documentalmente esos supuestos derechos. En realidad, el único monopolio que generaba unos ingresos satisfactorios era el horno, arrendado anualmente por 1.350 reales.


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