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En el expediente administrativo figura un informe policial de 14-6-2004, que –entre otras cosas– dice lo siguiente: "Conforme a datos de información confidencial que constan en esta Comisaría General de Extranjería y Documentación, no sería conveniente que se facilitara la nacionalidad española al mencionado anteriormente, por razones de seguridad nacional".

También obra en el expediente un informe del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) de fecha 16-9-2006, que reza así: " –se comunica que existen antecedentes desfavorables sobre el citado individuo, ya que pertenece a la organización AN-NAHDA, grupo que pretende la imposición de un Estado islámico en Túnez mediante el uso de la violencia y cuya rama militar es el grupo Combatiente Tunecino, vinculado a la Yihad Internacional. A principios de la década de los noventa, asistió a un campo de entrenamiento de mujaehidines en Sudán. Por este motivo, la concesión de la nacionalidad supondría un grave riesgo para la Seguridad Nacional. Además, se debe tener en cuenta que el día 22/07/2005, el Consejo de Ministros acordó la revocación de su condición de asilo político en España. Este mismo órgano rechazó en diciembre de 2005 el recurso de reposición presentado por el afectado ante esta decisión". Es de subrayar que este informe del CNI ha sido ratificado en esta sede judicial.

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