Читать книгу Guía de Derecho Civil. Teoría y práctica (Tomo III). Teoría general del contrato y contratos en particular. онлайн

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La calidad del suministro será la definida reglamentariamente en cada momento y especialmente en los artículos 101 a 103 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, o en las normas que lo sustituyan, siendo en todo caso responsabilidad de la empresa Distribuidora de la zona donde radica el punto de suministro tanto la calidad del suministro como la disponibilidad del mismo, de acuerdo con la normativa vigente, y, a estos efectos, el Comercializador se compromete a: (i) incorporar en el Contrato de ATR que se suscribe con la distribuidora, propietaria y responsable de la red, el cumplimiento de los niveles mínimos de calidad exigidos; y (ii) trasladar las bonificaciones, descuentos y/o indemnizaciones que pueda aplicar la distribuidora por incidencias en su red.

3. EQUIPOS DE MEDIDA Y CONTROL

El Cliente deberá disponer en el Punto de Suministro, durante la vigencia de este Contrato, de un equipo de medida y control de la energía eléctrica suministrada («Equipo de Medida y Control») que cumpla los requisitos técnicos legalmente establecidos, siendo responsable de su custodia, y del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas por la legislación vigente. Dicho Equipo de Medida y Control podrá ser propiedad del Cliente o alquilado por este si así se ha acordado, siendo responsabilidad del propietario las verificaciones e inspecciones periódicas de los mismos, así como todas aquellas obligaciones impuestas en la normativa. El Cliente, deberá garantizar el acceso físico a su instalación al Comercializador, a la Empresa Distribuidora y/o a los empleados o contratistas de éstas, debidamente acreditados, de modo que puedan realizar los trabajos de lectura, comprobación, verificación, inspección, mantenimiento, precintado u otros que con carácter general resulten necesarios para una prestación eficaz del suministro o deriven de obligaciones dimanantes del presente contrato o de la normativa vigente. El Cliente se compromete a no manipular ninguno de los componentes de la instalación, y en especial el Equipo de Medida y Control, exonerando en todo caso al Comercializador de cualquier contingencia que pudiera derivarse del incumplimiento de esta obligación, y sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente le fueran exigibles por dicha manipulación.

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