Читать книгу Derecho financiero y tributario онлайн
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2. Tributos cedidos. Ya los hemos mencionado al hablar del sistema estatal. Se pueden dividir en dos grupos:
– Impuestos cedidos con capacidad normativa sobre ciertos elementos (fundamentalmente cuantitativos):
• Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: cesión del 50 por 100.
• Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: cesión del 100 por 100.
• Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: cesión del 100 por 100.
• Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (“matriculación”): cesión del 100 por 100.
• Tributos sobre el Juego: cesión del 100 por 100.
– Impuestos cedidos sin capacidad normativa:
• Impuesto sobre el Valor Añadido: cesión del 50 por 100.
• Impuestos Especiales sobre las Labores del Tabaco y sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas: cesión del 58 por 100.
• Impuesto Especial sobre Hidrocarburos. En él se integra el antiguo Impuesto sobre Venta Minoristas de Determinados Hidrocarburos (“céntimo sanitario”), que se derogó por su incompatibilidad con el Derecho de la UE. Por eso, se establece un tipo estatal general (cesión de un 58 por 100) y un tipo estatal especial (cesión de un 100 por 100).