Читать книгу Aproximación normativa a la Prevención de Riesgos Laborales en Argelia онлайн

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Prólogo

La tutela de la vida y de la integridad física y psíquica de los trabajadores es un elemento fundamental de cualquier trabajo que merezca el calificativo de “digno”. La función primaria del Derecho en este terreno es garantizar la incolumidad de la vida y la salud de los trabajadores, evitando –o al menos minimizando todo lo posible– los riesgos laborales presentes en las actividades profesionales y, por ende, evitando los posibles daños en la salud que puedan derivarse de las mismas. Hace tiempo que empieza a hablarse también de la exigencia de promover el bienestar en el trabajo, desde luego, ese es un objetivo laudable y cada vez más irrenunciable, aunque la tarea más primaria es evitar los accidentes y las enfermedades causadas por el trabajo.

La prevención de riesgos laborales debe ser permanente y dinámica, pues los nuevos modelos de negocio, la reorganización de los procesos productivos y del trabajo que conllevan, así como los nuevos productos y tecnologías que se incorporan a la producción generan factores de riesgo que antes no estaban presentes o tan solo eran desconocidos. Por lo tanto, la prevención de riesgos laborales es una tarea siempre inacabada, dado que la propia evolución de los modos de producción hacer aflorar nuevos riesgos a los que atender. En el desarrollo de la prevención es ineludible la combinación de la ciencia –la técnica– y el Derecho, pues se trata de acompasar el cambio organizativo y tecnológico, remodelando el conjunto normativo preventivo de manera que procuren la mayor eficacia preventiva posible de los sistemas preventivos. En este sentido, el Derecho de la prevención ha de estar especialmente abierto a los avances en las ciencias relativas a la prevención, de manera que pueda acompasar sus regulaciones con el conocimiento proporcionado por las ciencias que abordan la prevención. Este es un espacio donde se revela especialmente el carácter instrumental de la ciencia jurídica, que debe nutrirse de ese conocimiento científico para orientar sus mandatos normativos.

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