Читать книгу Aproximación normativa a la Prevención de Riesgos Laborales en Argelia онлайн

7 страница из 14

Conocer la manera en la que se resuelve el “conflicto social” en otros ordenamientos jurídicos –donde también se enmarca la cuestión preventiva–, así como el conocimiento sobre la infraestructura jurídica para determinar sus sujetos protagonistas –tanto de naturaleza pública como privada– y sus correlativas responsabilidades es siempre útil. En primer lugar tiene utilidad para, por contraposición, conocer e identificar mejor nuestro propio modelo (la mirada hacia otros ordenamientos preventivos nos permite conocer mejor los rasgos característicos del propio); a posteriori, para proponer la incorporación de regulaciones o instituciones que se estime que mejoran nuestro propio sistema normativo preventivo y la eficacia de nuestras regulaciones. Este no es un fenómeno nuevo, siempre han existido fenómenos de “importación” y “exportación” del Derecho, junto con el juego de las regulaciones multinivel que abordan también los tradicionalmente devaluados derechos sociales.

El método comparado puede satisfacer el objetivo del denominable benchmarking jurídico. La comparación permite, no solo conocer el Derecho extranjero, sino también conocer mejor el derecho propio, sus aspectos “diferenciales” y su ubicación dentro de posibles modelos ideales. En el caso de los legisladores nacionales sirve para encontrar también modelos comparados de inspiración para la normativa nacional. Para los investigadores, el método comparado sirve para encontrar referentes ya experimentados en otros ordenamientos jurídicos, de manera que se puedan articular propuestas de lege ferenda para la reforma del Derecho propio. Si el método comparado tiene utilidad es para comprobar cuáles son las mejores regulaciones y mostrarlas como modelo de regulación, aventurando las ventajas y dificultades para su eventual incorporación al Derecho propio.

Правообладателям