Читать книгу Declaración de voluntad en un entorno virtual онлайн

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Ya con la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, se trató, con poco éxito, de asentar en nuestro país la mediación como instrumento de autocomposición eficaz de controversias surgidas entre sujetos de Derecho Privado en el ámbito de sus relaciones de derecho disponible.

Es por ello que el Anteproyecto contiene todo un Título I dedicado a la regulación de los medios adecuados de solución de controversias cuando se acuda a conflictos en asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos, quedando excluidas las materias concursal, laboral y penal y los asuntos de cualquier naturaleza en los que una de las partes sea una entidad perteneciente al Sector Público, y ello a la espera de la futura regulación de estos mismos medios adecuados de solución de controversias en el ámbito administrativo y en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Los MASC que pueden utilizar las partes se establecen en un catálogo amplio que favorece la libre elección de los mismos: actividad negocial, conciliación privada, oferta vinculante confidencial, opinión del experto independiente, la mediación, así como cualesquiera otros procedimientos previstos en la legislación especialssss1, particularmente en materia de consumo. En concreto dice el artículo 1.3, párrafo 2 que “Se considerará cumplido este requisito si se acude previamente a la mediación, a la conciliación o a la opinión neutral de un experto independiente, si se formula una oferta vinculante confidencial o si se emplea cualquier otro tipo de actividad negocial no tipificada legalmente pero que cumpla lo previsto en el apartado anterior y permita dejar constancia de la recepción por la parte requerida de la propuesta de negociación, así como de su fecha, contenido e identidad de la parte proponente. Singularmente, se considerará cumplido el requisito cuando la actividad negocial se desarrolle directamente por las partes asistidas de sus abogados cuando su intervención sea preceptiva”.

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