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4. Y la imposibilidad en determinados casos de llevar a cabo la firma electrónica de los contratos y documentos por carecer de ella.

IV. INTERACCIÓN PERSONAL EN LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

No cabe duda de que uno de los grandes cuestionamientos que se le puede hacer a los procesos de resolución de conflictos en línea es que no hay interacción personal, no pudiéndose así obtener sus beneficios. Se trata de la imposibilidad de analizar y manejar, de la misma manera, las emociones presentes en la relación, no siendo posible satisfacer la capacidad transformativa de la relación.

En línea se evita la comunicación cara a cara, lo que se puede estimar como una ventaja o como una desventaja, según se le dé mayor o menor importancia al diálogo interpersonal, sobre todo cuando la comunicación es escrita.

Desde mi punto de vista la comunicación presencial enriquece el proceso comunicador, las palabras ofrecen información, pero ofrecen significados distintos según el tono utilizado, los gestos, la posición corporal… En palabras de Katsh: “En estas reuniones, un guiño puede ser más significativo que una palabra, y algo dicho suavemente puede significar algo completamente diferente que dicho a gritos. En términos comunicativos, es un entorno muy rico, flexible e interactivo”ssss1. La comunicación escrita dificulta el desarrollo de la confianza y la relación entre las partes, y entre las partes y la persona mediadora. Además, es más fácil mentir cuando no se mira a los ojos del otro. De hecho, todos sentimos desconfianza cuando alguien con el que hablamos no nos mantiene la mirada. Por lo tanto, no es igual la comunicación con o sin el lenguaje gestual.

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