Читать книгу El derecho de obtención vegetal. Requisitos de protección de las variedades vegetales онлайн

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La última modificación del Convenio UPOV operada por el Acta de 19 de marzo de 1991 entró en vigor el 24 de abril de 1998 en seis paísesssss1 (Holanda, Dinamarca, Suecia, Israel, Bulgaria y Rusia). El motivo principal de la reforma del Convenio de la UPOV en 1991 se basó en el propósito de reforzar el alcance del derecho de obtentor en respuesta a las demandas para adaptar el sistema del CUPOV a las circunstancias de la industria de la obtención vegetalssss1. En efecto, las principales razones que propiciaron la celebración de la Conferencia Diplomática para acometer la revisión del Convenio de la UPOV en marzo de 1991 fueron de dos tipos: la protección insuficiente de los derechos de los obtentoresssss1 y la necesidad de responder a las aplicaciones de mejora y selección de las modernas innovacionesssss1 en los campos de la biotecnología y la ingeniería genéticassss1.

Uno de los principales cambios introducidos por el Acta del Convenio de la UPOV de 1991 es que desaparece la mención a la posibilidad de articular la protección de las variedades vegetales por medio de la patente o por medio de un título específico. En las Actas anteriores se establece que los obtentores de los países integrados en el sistema de la UPOV para proteger una variedad vegetal podían optar entre otorgar dicha protección por medio de un título de protección particular o de una patentessss1. Sin embargo, a partir de la reforma llevada a cabo en virtud del Acta del Convenio UPOV de 1991 desaparece esta previsión expresa y simplemente se dispone, en el artículo 2, que “cada Parte Contratante concederá derechos de obtentor y los protegerá”. De esta forma, lo relevante es que el título de derecho de obtentor se regula conforme lo dispuesto en el Acta del Convenio de la UPOV de 1991ssss1.

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