Читать книгу El derecho de obtención vegetal. Requisitos de protección de las variedades vegetales онлайн

41 страница из 129

En materia de excepciones, se introducen en el Acta de 1991 del Convenio UPOV nuevas limitaciones y se distingue entre limitaciones obligatorias y facultativas. En relación con las limitaciones obligatorias se mantiene el privilegio del obtentorssss1 y se incluye la previsión de que el derecho de obtentor no se extenderá a los actos realizados en un marco privado con fines no comerciales, a los actos realizados a título experimental y los encaminados a la creación de nuevas variedadesssss1. De conformidad con el privilegio del obtentorssss1, cualquier tercero puede usar una variedad protegida para obtener una segunda variedad que derive de ella, comercializarla sin autorización del titular de la variedad inicial y sin abonar a éste remuneración alguna, desarrollarla al objeto de conseguir una variedad ulterior y solicitar su protecciónssss1. También se introduce con carácter obligatorio la figura del agotamiento del derecho de obtentorssss1. Por lo que respecta a las excepciones facultativas, además de mantenerse la posibilidad de limitar el ejercicio de los derechos de obtentor por razones de interés público, se introduce la posibilidad de que las legislaciones nacionales reconozcan el denominado “privilegio del agricultor”.

Правообладателям