Читать книгу El derecho de obtención vegetal. Requisitos de protección de las variedades vegetales онлайн

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2.2. LAS RELACIONES ENTRE EL SISTEMA DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS SISTEMAS NACIONALES DE PROTECCIÓN

El Reglamento (CE) n.° 2100/94 admite la posibilidad de coexistencia del régimen comunitario de protección con los regímenes jurídicos de protección de los Estados miembrosssss1, que podrán conceder derechos de propiedad nacionales sobre variedades vegetalesssss1. El art. 3 del Reglamento (CE) n.° 2100/94 establece que “las disposiciones del presente Reglamento se entienden sin perjuicio del derecho de los Estados miembros de conceder derechos de propiedad nacionales sobre las variedades vegetales”. Esta circunstancia permite que el Reglamento (CE) n.° 2100/94 remita en algunas cuestiones a lo que, en este sentido, las legislaciones nacionales dispongan. Así sucede, por ejemplo, en el ámbito de la aplicación subsidiaria de la legislación nacional en el ámbito de infracción del derecho de obtentorssss1 o a propósito de la obligatoriedad de todos los Estados miembros de dar a las variedades vegetales protegidas en el ámbito de la Unión Europea el mismo trato que las variedades protegidas en el ámbito nacional, en lo relativo a las medidas de policía administrativa y a las infracciones y sancionesssss1.

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