Читать книгу El derecho de obtención vegetal. Requisitos de protección de las variedades vegetales онлайн
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El incumplimiento de esta norma prohibitiva se sanciona con la ineficacia de la protección. En consecuencia, si se intentara invocar la protección nacional conseguida en contra de la referida prohibición, el tribunal que estuviese conociendo del caso tendría que negar la eficacia del título nacional. Cuestión distinta es si la protección nacional conseguida con la infracción de la doble prohibición puede recuperar sus efectos si se declara la nulidad o caducidad de la protección comunitaria. Esta posibilidad ha sido defendida solo respecto de la nulidad argumentándose que, en la medida en que la declaración de nulidad produce efectos ex tunc y, por tanto, ha de considerarse que la protección comunitaria nunca existió, no se produjo en ningún momento infracción de la mismassss1.
También se contempla el supuesto contrario, es decir, el caso de que se conceda la protección en la Unión Europea sobre una variedad que fuere objeto con anterioridad a dicha concesión de un título de obtención vegetal nacional. En este supuesto, el apartado segundo del artículo 92 ROV establece que su titular “no podrá invocar los derechos conferidos por tal protección mientras siga vigente para esa variedad la protección comunitaria de obtención vegetal”ssss1. En este sentido, a la finalización de la vigencia de la protección de la variedad en el ámbito de la Unión Europea, el titular del título de obtención vegetal nacional podrá volver a invocar los derechos de que él se deriva, en tanto no caduque el título nacional por el transcurso de tiempo de duraciónssss1. Para conseguir esta finalidad, resulta recomendable continuar abonando las tasas de mantenimiento para evitar la caducidad del título nacional, que además se reducen en un setenta por cienssss1. Asimismo, en el caso de que la protección de la Unión Europea caduque por cualquier otra causa, el titular del título nacional de obtención vegetal podrá volver a invocar los derechos que se deriven de éste, en tanto no caduque el título nacional por el transcurso del tiempo de duración.