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Gráfico 4. Gasto en protección social por funciones, España y UE, 2019 (% PIB)
Fuente: Elaboración propia a partir de Eurostat, General government expenditure by function (COFOG).
La estructura por funciones del gasto en protección social español difiere en algunos aspectos de la media europea (ssss1). Así, aunque las rúbricas más importantes en ambos espacios hacen referencia al pago de las pensiones de vejez (Edad avanzada) y a la asistencia sanitaria (Enfermedad e incapacidad), las partidas de Desempleo y de Supervivencia son más relevantes para España, siendo las únicas en las que el porcentaje español supera al promedio europeo. En cambio, las funciones de Familia e hijos y Exclusión social en España suponen la mitad de la cifra alcanzada por la media europea. Además, el porcentaje de la función vivienda en España resulta irrelevante.
Desde el punto de vista territorial, solo se dispone a nivel regional de las tres partidas del gasto social (Salud, Educación y Protección social) para el periodo 2012-2019, sin que se puedan desagregar cada una de ellas, como sí ocurre a nivel nacional. De acuerdo con sus competencias, la mayor parte del gasto social de las comunidades autónomas se destina a sanidad y educación, quedando la protección social a cargo principalmente de la Administración de la Seguridad Social. El gasto en protección social de las comunidades autónomas, siendo relativamente bajo, está claramente orientado a los colectivos más desfavorecidos, incluyendo prestaciones monetarias y en especie dirigidas a la población en riesgo de exclusión (rentas mínimas, ayudas al alquiler, asistencia domiciliaria, acogimiento, etc.). Está descentralización del gasto público, que permite equiparar a nuestro país con aquellos que tienen una estructura federal, se ha visto acompañada de un incesante debate sobre los dos sistemas de financiación, foral y régimen comúnssss1. Aunque en teoría ambas formas de financiación podrían ser equivalentes, en la práctica, las comunidades forales han dispuesto de unos mayores recursos y, por tanto, de una mayor capacidad de gasto para atender necesidades sociales, en comparación con las comunidades de régimen común; lo que ha supuesto un evidente problema de equidadssss1.