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La UE se puede permitir esa transformación y alcanzar a ser una “isla descarbonizada” en el planeta, con o sin la mala conciencia debida a, entre otras circunstancias no baladíes, el hecho de que el sector energético sea el responsable esencial de emisiones de GEIssss1. Como se puede permitir la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation EU”) por valor de 750 000 millones de euros en precios constantes del año 2018, a distribuir mediante distintas fórmulas entre los Estados previa aprobación nacional de los respectivos Planes de Recuperación, Transformación y Resilienciassss1, o el futuro fondo social de 72.000 millones de euros en el período 2025-2032, incluido en el proyecto de plan para paliar el impacto debido al encarecimiento del suministro energético sobre los ciudadanosssss1 Es el privilegio que otorga la pertenencia a las sociedades más desarrolladas, que pueden realizar ese esfuerzo y al tiempo mantener –mejorándolo ambientalmente– el sistema productivo y de consumo, esto es, el crecimiento económico dentro del modelo aceptado de desarrollo sostenible (renovado por los actuales acuerdos internacionales)ssss1. Un crecimiento económico que ha de estar “disociado del uso de los recursos”ssss1, y que como señala el citado Reglamento (UE) 2021/1119 (conocido en su momento como Proyecto de Ley Europea del Clima), permite a su vez disociarlo de las emisiones de GEI, poniendo como ejemplo que esas emisiones en la UE disminuyeron un 24% entre 1990 y 2019, mientras que la economía creció un 60% durante el mismo período, gracias al marco regulador de la Unión y de los esfuerzos realizados por el sector industrialssss1.

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