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En el caso español, los objetivos mínimos nacionales para el año 2030, que precisa el art. 3 de la LCCTE (“sin perjuicio de las competencias autonómicas”), se concretan en que dichas energías han de representar, al menos un 42% en el consumo de energía final y, en concreto, en el sistema eléctrico han de representar al menos un 74% de su generaciónssss1. Junto a ésta espectacular apuesta, esas energías habrán de contribuir decisivamente a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero del conjunto de la economía nacional (en, al menos, un 23% en la misma fecha respecto del año 1990, lo que habrá de ajustarse), y en todo caso con el desiderátum de lograr tanto la neutralidad climática antes de 2050ssss1 como un sistema eléctrico basado, exclusivamente, en fuentes de generación de ese origenssss1.

Si es o no realista alcanzar esta meta, que nos parece a primera vista muy difícil, pero que sin duda estará –como siempre– muy bien fundamentada por las instancias comunitarias, habrá tiempo para ir comprobándolo. Lo que es claro en estos momentos es que la UE pretende elevar lo que denomina “el nivel de ambición mundial (e) intensificar la respuesta global”, y que para ello está convencida de que resulta esencial tanto la utilización masiva y generalizada de energías limpias, como la transformación digital, la innovación tecnológica y la investigación y el desarrollo.

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