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ssss1. En estrecha vinculación con esa trayectoria discurrirán los Programas Ambientales de la Unión Europea. En 2013 se aprobaría por la Decisión 1368/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, el Programa General de Acción de la Unión en materia de medio ambiente hasta 2020 “Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta”, que constituye formalmente el VII de aquellos programas en el que, a nuestro juicio, se avanza en los planteamientos que anuncian la posición común de la UE ante el futuro Acuerdo de París (remitimos al Informe de la Comisión sobre la Evaluación del citado Programa, COM (2019), 233 final, de 15 de febrero). Y el 14 de octubre de 2020 se aprobaría la propuesta de Decisión por la Comisión Europea sobre el VIII Programa para los años 2021-2030, y más allá de 2050 (COM (2020) 652 final), que está estrechamente vinculado al citado Pacto Verde Europeo. Sobre estos Programas, véase FERNÁNDEZ DE GATTA, D., “El séptimo programa ambiental de la Unión Europea 2013-2020”, en Revista Aragonesa de Administración Pública, n.° 41-42, 2013, pp. 71-12, y “El octavo programa ambiental de la Unión Europea: la propuesta de decisión de 14 de octubre de 2020”, en La Ley Unión Europea”, n.° 87, 2020.

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