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Esta actuación supone una total transgresión de la buena fe contractual, por lo que por todo ello procedemos a su despido disciplinario con fecha 11 de mayo de 2017, ya que esta empresa ha perdido totalmente la confianza depositada en Vd.

Así mismo se le informa de la obligación de hacer entrega del uniforme, así como de cualquier material entregado por la empresa con ocasión de la actividad laboral.

Sin otro particular y para que conste a los efectos oportunos, sírvase acusar recibo de la entrega de la presente.

Fdo.- LIMPIEZAS, S.L.

La trabajadora recibió un video vía mensajería instantánea WhatsApp que fue enviado sin autorización a su teléfono móvil número 12.364.567.89 de la que es titular, por el vigilante llamado Oscar, en el que aparecía la supervisora en imágenes grabadas en noviembre de 2.016 por las cámaras de seguridad del centro comercial OCIO; ese video lo recibe la supervisora en mayo de 2.017 a su teléfono móvil desde el mencionado teléfono que fue enviado sin autorización por la pareja de la demandante. La supervisora, cuando recibió el video, en día que no consta del mes de mayo de 2.017, lo puso en conocimiento de la empresa demandada y del centro OCIO. El vigilante Oscar que prestaba servicios laborales así mismo en el referido centro comercial, ha sido despedido por estos hechos.

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