Читать книгу Los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta онлайн

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Estos Estándares, además, se referían al emplazamiento, estructura física y equipamiento de estos centros; a los recursos humanos; al proceso de intervención terapéutica y educativa (derivación, recepción-admisión, evaluación de necesidades, proyecto de intervención individualizado (PII), alta y preparación de la salida y trabajo con las familias); y a las necesidades y bienestar de estos menores (seguridad y protección, respeto a los derechos, necesidades básicas materiales, estudios y formación, salud y estilos de vida, normalización e integración, desarrollo y autonomía, participación y uso de consecuencias educativas).

2. MODIFICACIONES LEGALES

De todo lo anterior se puede colegir que el Informe del Defensor del Pueblo fue un punto de inflexión en esta materia. Movilizó a la Administración General del Estado (muestra de ello fue la aprobación de este Protocolo básico de actuación, la inclusión en el II PENIA de los objetivos a cumplir respecto a estos menores, y la publicación de unos Estándares de calidad específicos); a la Fiscalía General del Estado, como garante que es del interés superior del menor; a las Comunidades Autónomas, quienes han ido aprobando una nueva normativa al respecto, aunque con muy distinto tenor (unas haciendo referencia a la tipología específica de acogimiento residencial que se acordaría, otras haciendo mención a la limitación de derechos fundamentales)ssss1; y al Poder Ejecutivo y Legislativo, al aprobarse la actual Ley Orgánica 8/2015, 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, donde se contempla expresamente a este colectivo, con preceptos relativos a los centros de protección específicos, al ingreso en estos centros, medidas de seguridad, medidas de contención, aislamiento, registros personales y materiales, régimen disciplinario, supervisión y control, administración de medicamentos, régimen de visitas y permisos de salidas, régimen de comunicacionesssss1.

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