Читать книгу Estudios procesales sobre el espacio europeo de justicia penal онлайн
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Por tanto, estamos ante el primer supuesto en el que, en un proceso penal de adultos, va a instruir un fiscal, desde el principio hasta el final de la investigación, avanzando el modelo al respecto que implementará la nueva LECrim si se aprueba.
c) Juez de Garantías: Se crea, como era obvio y hemos visto supra, el nuevo juez de garantías, pero no ex novo, sino que, se supone que hasta que entre en vigor la nueva LECrim, asumen la función de jueces de garantías los magistrados de los juzgados centrales de instrucción de la Audiencia Nacional (DF-2.ª.5).
Sus funciones, que son muchas, se detallan en el art. 8. Básicamente:
1.°) Autorizar las diligencias de investigación restrictivas de derechos fundamentales de conformidad con lo previsto en la ley (arts. 110 y ss.);
2.°) Acordar las medidas cautelares personales cuya adopción esté reservada a la autoridad judicial (arts. 79 y ss.);
3.°) Autorizar el secreto de la investigación y su prórroga (arts. 105 y ss.); y
4.°) Resolver las impugnaciones contra los decretos del Fiscal europeo delegado (arts. 120 y ss.).