Читать книгу Estudios procesales sobre el espacio europeo de justicia penal онлайн

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Las reformas afectan a la LOPJ, al EOMF y a la LRMRP, pero no a la OEI. También afectan a la LOTJ y al CP.

1.°) Reformas orgánicas de la Ley Orgánica del Poder Judicial:

a) Extensión y límites de la instrucción del Fiscal europeo: El art. 4.2 fija el listado de los delitos que se atribuyen al FE para su instrucción FE, que son, de acuerdo con la terminología del Código Penal español, aquellos a los que se refieren los arts. 3 y 4 de la Directiva (UE) 2017/1731, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal (los llamados delitos PIF, antes citados), y a la Decisión Marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada a las que se remite el art. 22.1 y 2 Rto.FE.

b) Competencia fiscal: Según el art. 17, corresponde al FE la dirección de la investigación y la formación del expediente de investigación. El art. 5 fija ciertos límites a esta atribución. La investigación se desarrolla prioritariamente en la sede de la FE (en Madrid), según el art. 6, pues va a conocer de los delitos la Audiencia Nacional (art. 7.1). Su competencia es para toda España (art. 4.1).

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