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ssss1 Esta obra es resultado del Proyecto de Investigación financiado Derecho e Inteligencia Artificial: nuevos horizontes jurídicos de la personalidad y la responsabilidad robótica, Ref. PID2019-108669RB-100/AEI/10.13039/501100011033, del que es investigadora principal la Dra. Margarita Castilla Barea.

ssss1. MORENO-TORRES HERRERA, M. L., “La pensión compensatoria”, en GAVIDIA SÁNCHEZ, J. (coord.), La reforma del matrimonio: (Leyes 13 y 15/2005), Madrid, Marcial Pons, 2007, pp. 127-234. ROCA TRIAS, E., “Las consecuencias económicas del divorcio: la pensión compensatoria”, en CERVILLA GARZÓN, M. D., La situación jurídica de la mujer en los supuestos de crisis matrimonial, Cádiz, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cádiz, 1997, pp. 145-198. BERROCAL LANZAROT, A. I., “Tendencias actuales en torno a la pensión compensatoria o pensión por desequilibrio en España”, Actualidad jurídica iberoamericana, vol. 2, 5, 2016, pp. 6-69.

ssss1. Véanse infra apartados 2.1, 2.2 y 2.3.

ssss1. En este sentido, se encuentra establecida dicha doctrina en las SSTS de 27 de noviembre de 2014 (RJ 2014, 6034), de 18 de marzo de 2014 (RJ 2014, 2122), de 19 de octubre de 2011 (RJ 2011, 422), y de 22 de junio de 2011 (RJ 2011, 5666).

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