Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн
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ssss1. Atiéndanse las SSTS de 23 de junio de 2015 (RJ 2015, 2546), de 18 de marzo de 2014 (RJ 2014, 2122), y de 12 de febrero de 2014 (RJ 2014, 2090).
ssss1. Respecto del establecimiento temporal o indefinido, atiéndanse las SSTS de 24 de septiembre de 2018 (RJ 2018, 3856), de 3 de febrero de 2017 (RJ 2017, 399), de 11 de mayo de 2016 (RJ 2016, 2112), de 10 de noviembre de 2016 (RJ 2016, 5244), y de 24 de octubre de 2013 (RJ 2013, 7014). ROMERO COLOMA, A. M., “La pensión compensatoria temporal frente a la pensión vitalicia”, Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, 744, 2014, pp. 1761-1778.
ssss1. Sobre su naturaleza, atiéndanse CABEZUELO ARENAS, A. L., CASTILLA BAREA, M., “La obligación de alimentos como obligación familiar básica”, en YZQUIERDO TOLSADA, M., CUENA CASAS, M. (dirs.), Tratado de derecho de la familia, vol. I, Derecho de familia y Derecho de la familia. La relación jurídico-familiar. El matrimonio y su celebración, Cizur Menor, Thomson Reuters Aranzadi, 2011, pp. 193-318, RIBOT IGUALADA, J., “El fundamento de la obligación legal de alimentos entre parientes”, Anuario de Derecho Civil, vol. 51, 3, 1998, pp. 1105-1178, RIBOT IGUALADA, J., Alimentos entre parientes y subsidiariedad de la protección social, Valencia, Tirant lo Blanch, 1999, pp. 21-60, y PADIAL ALBÁS, A., “Interés social de los alimentos de origen familiar”, Revista de derecho privado, vol. 98, 5, 2014, pp. 3-34.