Читать книгу Análisis de la actual configuración del despido colectivo онлайн

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Desde nuestro ángulo, constituye una modalidad de extinción contractual, pero especial, no sólo por el alcance que tiene, sino también por el procedimiento que debe seguirse para poder llegar finalmente a la rescisión de las relaciones laborales.

Esta modalidad de resolución contractual se incardina dentro de la extinción del contrato de trabajo por voluntad unilateral de la dirección de la empresa fundada en causas ajenas a la conducta o voluntad de la persona trabajadora, pues, se debe a causas sobrevenidas, concretamente, causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, así como también por fuerza mayor. No obstante, como indica un sector doctrinalssss1, la explicación de esta modalidad extintiva por una excesiva onerosidad sobrevenida exigiría notas de imprevisibilidad e inevitabilidad que no tienen por qué concurrir o que harían imposible aplicar tal causa de extinción, por lo que debe explicarse desde la configuración del Derecho del Trabajo en interés de la empresa. Por ello, se ha afirmado que el despido colectivo se conforma como un supuesto de alteración sobrevenida de circunstancias iuslaboral que va más allá de la excesiva onerosidad sobrevenida del derecho común de la contrataciónssss1.

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