Читать книгу El delito fiscal en el Código Penal español онлайн

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Por otra parte, en los tributos de devengo instantáneo, como puede ser el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, la cuantía se entenderá referida a cada uno de los hechos imponibles por separado. Es decir, aunque en una escritura pública se den dos hechos imponibles que, conjuntamente, superen los 120.000 euros, si estos por separado no llegan a sumar ninguno de ellos tal cuantía, no podremos estar en presencia de ningún caso delito fiscal. Tampoco se consumaría el delito si se obtuviese tal umbral económico sumando las cuantías por delito continuado, siendo esta posibilidad descartada por la jurisprudencia. En este sentido, la STS 611/2009, de 29 de mayo, lo conecta con el principio de estanqueidad impositiva, poniendo de manifiesto que es “(…) reiterada doctrina de esta Sala (la) que limita la apreciación de la continuidad delictiva en los delitos contra la Hacienda Pública, como es exponente la Sentencia 737/2006, de 20 de junio, en la que se expresa que el motivo contradice una firme línea jurisprudencial que niega la posibilidad de delito continuado en los delitos de defraudación tributaria, cuando se refiere a distintos periodos impositivos, con la base del principio de estanqueidad impositiva”. Así, el principio de estanqueidad impositiva trasladado al delito fiscal supone que no se pueden acumular diferentes tributos, ni distintos periodos impositivos de un uno mismo para que se rebase el umbral de los 120.000 euros que exige el delito.

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