Читать книгу El delito fiscal en el Código Penal español онлайн

16 страница из 169

Por su parte, el artículo 36 de la Ley de 1977 establecía que “El conocimiento de las causas por los delitos fiscales corresponderá a la jurisdicción ordinaria”. Y el artículo 37, precepto nuclear en el objeto de nuestro análisis por cuanto que sería el punto de partida de múltiples modificaciones posteriores, prescribía que “1. Los delitos fiscales sólo son perseguibles a instancia de la Administración, sin necesidad de querella.

2. Una vez hayan adquirido firmeza las actuaciones administrativas y, en todo caso, cuando haya recaído resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, el Delegado de Hacienda de la provincia respectiva, previo informe del Subdelegado de Inspección e Inspector Jefe, del Administrador de Tributos, Impuestos Inmobiliarios o de Aduanas, según el tributo de que se trate, y del Abogado del Estado, deberá poner en conocimiento del Ministerio Fiscal los hechos que se estimen constitutivos de delitos fiscales cometidos en el ámbito de su jurisdicción. Si los hechos afectaren a varias provincias, la competencia vendrá determinada por razón del domicilio de la persona física o jurídica”.

Правообладателям