Читать книгу La fiscalidad de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil онлайн
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Debe resaltarse que existe cierta orfandad sobre la incidencia propiamente tributaria de estos colectivos, pues si bien es cierto existen estudios de gran interés sobre estos colectivosssss1, ha de señalarse que hasta la fecha no hemos encontrado en el mercado editorial, desde una visión global y unitaria toda la problemática específicamente tributaria que encierran estos colectivos, por lo que en las páginas que siguen trataremos de abordar mediante un enfoque actual toda la casuística que ha generado durante los últimos años una gran litigiosidad con los órganos públicos llamados a la recaudación de los tributos, en particular, nos detendremos respecto de las liquidaciones tributarias encomendadas a la AEAT y a las Corporaciones Locales.
Para una más clara delimitación hemos estructurado el original en tres partes.
En la primera parte nos centraremos en los problemas originados en la fiscalidad directa, donde el principal elemento de litigiosidad se ha producido con ocasión de determinadas rentas que perciben de forma extraordinaria los militares y guardias civiles, y que desde estos Cuerpos se ha tratado de reconducir a alguno de los supuestos que recoge la extensa lista de exenciones del art. 7 LIRPF. Así mismo, también existe cierta conflictividad respecto de bienes inmuebles, o de vehículos que siendo de titularidad del Ministerio de Defensa, o del Interior, sin embargo la normativa tributaria con una redacción desigual en los arts. 62 y 93 LRHL (lo que no resulta coherente en nuestra opinión desde la lógica interna del fin que motiva el beneficio fiscal) no permite vislumbrar claramente si además requiere como segundo requisito que estén destinados a la “Defensa” o a la “Seguridad Ciudadana” para que resulten merecedores de la exención.