Читать книгу Aspectos fundamentales de la Mediación civil y mercantil. Especial referencia a la mediación en la Comunitat Valenciana онлайн

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En defecto de sometimiento expreso o tácito a la misma, la LM es aplicable siempre que una de las partes tenga su domicilio en España y la mediación se realice en territorio español (art. 2.1, II LM); además, es adecuada tanto cuando el conflicto es nacional como cuando nos encontramos ante litigios transfronterizos.

Sus principios informadores son (arts. 6 a 10 LM) la voluntariedad y libre disposición de la relación jurídica, la igualdad de las partes, la imparcialidad y neutralidad del mediador, la confidencialidad y la lealtad, buena fe, respeto mutuo y deber de colaboración y apoyo al mediador

2. Mediación penal

El caso de la mediación en el ámbito penal es un supuesto peculiar y ello porque la utilización de la mediación como sistema alternativo de resolución de conflictos requiere, en principio y como ya he indicado, de la disponibilidad de la materia objeto de conflicto; y la materia penal es indisponible. Al Estado le corresponde en exclusiva el ejercicio del ius puniendi y lo ejerce en régimen de monopolio a través de los órganos jurisdiccionales. Los particulares están privados (con alguna matización) de poderes de disposición en el ámbito penal, no pudiendo imponer penas u otro tipo de medidas.

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