Читать книгу Aspectos fundamentales de la Mediación civil y mercantil. Especial referencia a la mediación en la Comunitat Valenciana онлайн

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Según lo dicho hasta este momento, la mediación penal en puridad no puede tener cabida en nuestro ordenamiento jurídico. Sin embargo, si bien fue así durante mucho tiempo, en los últimos años ha comenzado a hablarse de la necesidad de revisar nuestro sistema penal, que es claramente punitivista, argumentado principalmente que el mismo no acaba de funcionar. Se habla de la necesidad de tender a una Justicia más restaurativa, que otorgue un mayor protagonismo a la víctima. De esta manera, y con esta justificación, la mediación ha ido abriéndose camino poco a poco también en el ámbito penal.

En concreto, y aunque a distintos niveles, se puede hablar de mediación penal:

1. Respecto de la responsabilidad penal del menor.

2. Con relación al enjuiciamiento de adultos, enmarcada dentro de la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del Delito.

De todas formas, y a diferencia de la mediación en materia civil, la mediación penal, sobre todo en el caso del enjuiciamiento de adultos, es un medio complementario –no propiamente un mecanismo alternativo– al proceso penal (no evita o sustituye propiamente al proceso).

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