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LSCA y regulación de contenidos

Una consideración especial merece la fuerte política de regulación de contenidos que adopta la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522. Ello se fundamenta, entre otras razones, en que estos servicios son declarados de interés público. Como consecuencia de ello se establecieron un conjunto de pautas a ser observadas por los medios de comunicación.

Paralelamente, la norma consagra la jurisdicción nacional en esta materia, disponiendo, además, que la autoridad de aplicación de la ley es la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, que, entre otras atribuciones, tiene la responsabilidad de verificar el cumplimiento por parte de los medios de las obligaciones impuestas en relación a los contenidos.

La ecuación integrada por estas dos disposiciones (marcada regulación de contenidos y facultad estatal de control de la programación) ha sido severamente criticada por parte de la jurisprudencia y la doctrina gestada en torno a la Ley 26.522. Básicamente, desde esta posición se afirma que la norma viola la libertad de expresión.

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