Читать книгу El tercer sector en España y en Europa. Crisis y resilencia онлайн

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Ahora bien, el entramado legal que regula las entidades del tercer sector deportivo español, además de ser complejo por su articulación a un doble nivel, estatal y autonómico, está generando diferentes presiones legales sobre las OTS. En efecto, en primer lugar, cada región ha venido regulando un modelo asociativo propio con escasa consideración de la normativa del deporte estatal ni de sus regiones vecinas (Gambau, 2002). En segundo lugar, nuevas normas de ámbito estatal han alzado barreras al desarrollo del sector cuando no han provocado la transformación de los clubes deportivos en empresas mercantilizadas (y no en empresas de economía social). Un primer ejemplo es el de la explícita presión de la nueva regulación hacia la mercantilización: la Ley del Deporte de 1990 establece en su preámbulo: «… regular el espectáculo deportivo, considerándolo como una actividad progresivamente mercantilizada». Un segundo ejemplo es la reciente regulación de carácter laboral del Ministerio de Trabajo, que está ampliando el radio de exigencia de afiliación y cotización a la Seguridad Social a trabajadores del deporte con escasas horas de dedicación y en zona frontera con la actividad de voluntariado, como son entrenadores o masajistas13. Esta nueva regulación está afectando sobre todo a las pequeñas entidades del TS con trabajo semivoluntario que no generan «verdaderos» puestos de trabajo y van a tener que prescindir de ellos (Experto deportivo 1, entrevista personal, mayo 2015)14. Un tercer ejemplo es el de la exigencia legal de disponer de la forma jurídica de sociedad anónima deportiva (SAD) para participar en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, con la excepción de los clubes que en el momento de la aprobación de la Ley del Deporte gozaban de posición financiera saneada. Ello afectó al ámbito del fútbol y del baloncesto, condicionando la transformación de decenas de clubes de fútbol en SAD, excepto el Real Madrid y FC Barcelona. Es decir, se le exigió jurídicamente a la parte más competitiva y mercantilizada del tercer sector deportivo una banalización total, esto es, su transformación jurídica en empresa mercantil. Es cierto que se justificó esta nueva norma por el elevado endeudamiento de los clubes, ya en la década pasada, pero esta transformación no ha solucionado el problema y sí se han mantenido en esta forma jurídica.

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