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No muchos años después, en 1719, la Universidad achacó la paralización al silencio del Consejo. Así lo hizo constar en un nuevo informe elaborado también a instancias del Consejo Real que, por carta orden de 5 de abril de ese año, requirió su pronunciamiento sobre otra serie de puntos, entre los que se encontraba la conveniencia de cambiar las asignaturas de las cátedras dispuestas por los visitadores en los estatutos.10 En ese caso la orden se planteaba en términos generales y no hacía indicaciones sobre el sentido de los cambios ni referencia expresa al derecho patrio, pero el acuerdo que había adoptado sobre su enseñanza la Universidad en 1714 se incorporó al memorial que, como respuesta a la solicitud del Consejo, aprobó el claustro pleno el 30 de junio de 1719.11

Obra del doctor Bernardino Francos (por entonces recién ascendido a catedrático de Vísperas de Leyes), el Informe de 1719 fue el documento de mayor trascendencia dentro de todo el proceso de reforma de esta Universidad en el siglo XVIII hasta el Plan de 1771.12 En cuestión de asignaturas jurídicas, se recordaba en él ese acuerdo de 1714 y se mostraba la predisposición para ponerlo en ejecución no solo en las cátedras de Prima y Vísperas sino también en las de Código, e incluso para enseñar en todas «pura practica» adornada con las correspondientes remisiones al derecho romano (es decir, cambiando lo que había sido el orden tradicional de la relación derecho romano/derecho propio en las lecturas de Leyes) si, llegado el caso, así lo ordenaba el Consejo.13 Yendo aún más allá en la actitud reformista, se reconocía que las asignaturas de las cátedras de ambos derechos estaban anticuadas y que sobre ellas había ya tanto escrito que resultaba difícil añadir algo nuevo, por lo que, frente a la rigidez de los programas marcados en los estatutos, se proponía dejarlos a la elección de los catedráticos, de modo que fuesen ellos quienes cada año, con la necesaria coordinación, señalasen dentro de los diferentes libros del Corpus Iuris Civilis correspondientes a sus cátedras los títulos objeto de estudio durante el siguiente.14

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