Читать книгу Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género онлайн

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III. PROTECCIÓN DE LOS MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS EN EL ÁMBITO DE LA UNIÓN EUROPEA

A nivel de la Unión Europea, ya su derecho originario, el Tratado de la Unión Europea (en su versión actual firmado en el Consejo Europeo de Lisboa el 13 de diciembre de 2007, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009), establece como objetivo de la Unión la protección de los derechos del niño en su art. 2 en dos ocasiones, la primera a nivel interno, y la segunda en sus relaciones con el resto del mundossss1.

Lamentablemente, lo recogido en el TUE no se ha traducido hasta el momento en normas específicas y de obligado cumplimiento en la Unión Europea relativas a los menores extranjeros no acompañados ni a los menores inmigrantes en particular, más allá del soft law (Resoluciones y Recomendaciones a sus Estados miembros).

La primera de ellas, que tuvo gran repercusión en relación al establecimiento de un concepto jurídico de los menores extranjeros no acompañados, fue la Resolución del Consejo de la Unión de 26 de junio de 1997 sobre menores no acompañados procedentes de terceros países, referida a los nacionales de terceros Estados de menos de dieciocho años de edad que entren en el territorio de los Estados miembros sin ir acompañados por un adulto responsable de ellosssss1. Esta definición ha sido la base de muchas de las previsiones relativas a menores migrantes no acompañados incluidas en las Directivas y Reglamentos de la UE, pero como Resolución no es jurídicamente vinculante para los Estados miembros, que en demasiadas ocasiones han hecho caso omiso de lo establecido en la misma sin que conlleve ninguna clase de penalización o consecuencia para el Estado incumplidor desde las Instituciones de la UE, más allá de la que hayan aplicado los órganos jurisdiccionales internos en los casos en que se ha vulnerado también la legislación del Estado miembro en cuestiónssss1.

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