Читать книгу Retos de las migraciones de menores, jóvenes y otras personas vulnerables en la UE y España. Respuestas jurídicas desde la perspectiva de género онлайн

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Partiendo de esa obligación de protección de los menores reconocida por las convenciones internacionales de protección de la infancia, en el caso particular de los menores extranjeros no acompañados, son muy diversos los dispositivos, estructuras y medidas de acogida que se han establecido los Estados Miembros para su protección, en algunos casos específicamente destinados a la acogida de este colectivo concreto de menores, y en otros casos como estructuras comunes tanto para menores nacionales o inmigrantes que sí tienen familia como para menores extranjeros no acompañados. En España, las competencias relativas a organización y gestión de las estructuras de protección de menores corresponden a las Comunidades Autónomas, que han en general por dispositivos comunes para todos los menores, independientemente de su nacionalidad o de si estaban acompañados y existen también recursos o ayudas para extutelados, mucho más escasos.

Entre ambas posibilidades, la respuesta predominante en Europa frente a estos MENA en relación con las prácticas y modelos de acogida es su integración en estructuras o centros comunes para todos los menores en situación de riesgo o desamparo. Como bien expone Senovilla Hernándezssss1, países como Francia, Alemania e Italia dan prioridad (aunque no exclusividad) a este sistema. En otros casos, como el del Reino Unido, la acogida en dispositivos especializados o generales depende de la fase de acogida o del perfil del menor. España constituye un caso sui generis debido a su descentralización política y competencial, que determina que cada comunidad autónoma pueda establecer un sistema diferente de acogida. Por último, cita el caso de Bélgica, donde se ha creado un sistema de protección completamente especializado en la acogida de los menores extranjeros no acompañados y separados, diferente del previsto para otros menores belgas o extranjeros con familia protegidos.

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