Читать книгу Digitalización de la actividad societaria de Cooperativas y Sociedades Laborales онлайн

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El Real Decreto 44/2015, de 2 de febrero, por el que se regula el DUE para la puesta en marcha de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática, fue la primera, y hasta la fecha, la única regulación específica para cooperativas y sociedades limitadas laborales, debemos analizar las cuestiones que se pueden mejorar o desarrollar para poder hablar de una total digitalización de su constitución.

1. Constitución telemática de sociedades mercantiles a partir de la Ley de Emprendedores

Para entender la digitalización propuesta por el RD 44/2015, de 2 de febrero hemos de partir, con carácter básico, de los avances que se venían produciendo a dicha fecha para las sociedades mercantiles, y en particular en las sociedades limitadas. Pese a las buenas intenciones de la Ley de Economía Social (2011) la misma fue totalmente obviada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores, que vino a rediseñar la constitución telemática de sociedadesssss1, derogando el régimen previo establecido en el Real Decreto-Ley 13/2010, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleossss1. La Ley de Apoyo a los emprendedores, introduce, entre sus muchas propuestas, una “vuelta” al DUE, del que el referido RD-L 13/2010 se desmarcóssss1.

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