Читать книгу Digitalización de la actividad societaria de Cooperativas y Sociedades Laborales онлайн

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La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores al modificar el régimen jurídico para la más ágil puesta en marcha de actividades empresariales, incluida su constitución como sociedades de responsabilidad limitada, parte de un concepto de “emprendedor” amplio que considera como tales a todos los empresarios, amplia definición que fue criticada por el Consejo de Estado, que consideró que lo son quienes deciden “iniciar” una actividad económica privada, con independencia de la forma organizativa por la que opten para desarrollarla (lo que da cabida al inicio de actividades por las entidades de economía social)ssss1.

El concepto de autoempleo colectivo, que se pretende que fomenten los emprendedores, ya se refería en la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas (LCoop)ssss1, a la que han seguido adoptando el concepto de emprendedor, algunas de las más recientes leyes autonómicas de Cooperativas, que ya recogen expresamente, el espíritu emprendedor de las mismasssss1.

La Ley de Apoyo a los Emprendedores modifica y amplia el contenido de la Disposición Adicional Tercera de la LSC, que regula el DUE, y al indicar los datos que se deben incluir en el mismo, añade una novedosa referencia genérica a que entre esos datos que, de acuerdo con las legislación aplicable deben remitirse a los registros jurídicos y las Administraciones Públicas, estarán “la realización de cualquier otro trámite ante autoridades estatales, autonómicas y locales asociadas al inicio o ejercicio de la actividad, incluidos el otorgamiento de cualesquiera autorizaciones, la presentación de comunicaciones y declaraciones responsables y los trámites asociados al cese de la actividad”ssss1.

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