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ssss1. SAP Albacete, 3 marzo 2010 (JUR 2010, 154951).

La identificación y el juicio de capacidad en la intervención notarial a distancia

José Carmelo Llopis Benlloch

Notario de Ayora (Valencia)

SUMARIO: ssss1. 1. La identificación notarial de los otorgantes antes del Reglamento Notarial. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. 1. La importancia de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. 1. La neutralidad tecnológica en el artículo 17 bis de la Ley Orgánica del Notariado. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. 1. Recapitulación. ssss1. ssss1. ssss1. 1. Identificación técnica. 1.1. Conceptos de identificación y autenticación. ssss1. ssss1. ssss1. 2.1. Concepto de juicio de identificación. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. 3.1. Concepto de juicio de capacidad. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1. ssss1

I. INTRODUCCIÓN

1. LA IDENTIFICACIÓN NOTARIAL DE LOS OTORGANTES ANTES DEL REGLAMENTO NOTARIAL

Como bien dice el artículo 1 de la Ley de 28 de mayo 1862, Orgánica del Notariado “el Notario es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales”. En ese sentido, el artículo 1 del Reglamento Notarial de 2 de junio de 1944 matiza que, además de funcionario público, el Notario también es profesional del Derecho, coexistiendo a la vez en el desempeño de su actividad y en su organización los rasgos de funcionario y de profesional.

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