Читать книгу Declaración de voluntad en un entorno virtual онлайн
159 страница из 166
Posteriormente, se ha publicado en julio de 2020 una Evaluación de Impacto Inicial la primera Consulta pública con fecha tope de contestación el 2 de octubre de 2020.
Básicamente, justifica la necesidad de una revisión con la afirmación de que sólo 15 de los 27 Estados (el 50% aproximadamente de la población) ofrece identificación digital transfronteriza a sus ciudadanos, lo que sigue generando situaciones de desigualdad dentro de la Unión Europea, tanto en el sector público como para el sector privado, por lo que los ciudadanos deben acudir a otras vías de identificación que “están desconectadas de una verificación física de la identidad, lo que hace que amenazas de fraude (como el robo de identidad) y de ciberseguridad sean más difíciles de mitigar”, de ahí que se promueva una Identidad Digital Europea que permita la identificación electrónica segura para ciudadanos y empresas.
Por ello, la revisión que se prevé del Reglamento va a tener por objetivo eliminar las debilidades de eIDAS, como por ejemplo la dificultad de gestionar los atributos en el certificado electrónico (por ejemplo, los atributos de representación).