Читать книгу Derecho y energías renovables онлайн

120 страница из 538

3. ALCANCE DE LA NECESARIA LEY DE CABECERA

Sí, como ya he mencionado, la oportunidad en estos momentos de una ley de cabecera en materia de energías renovables es, al menos, discutible, tras el desarrollo normativo del nuevo paquete europeo de revisión se presentará otra oportunidad para su elaboración y aprobación. En todo caso, la necesidad de un marco legal de referencia en nuestro ordenamiento se encuentra avalada por la repercusión que tiene la penetración masiva de las energías renovables en relevantes sectores y por la todavía insuficiente, parcial y fragmentada transposición de la DFERII. De todos los sectores afectados, el sector eléctrico es el único con su propia ley reguladora y que, por su trascendencia y singularidad, debería quedar fuera del ámbito de la ley de cabecera en materia de energías renovables, en el sentido indicado en la ya citada disposición final undécima de la LCCTE. También se deber excluir de esta ley de cabecera diversos aspectos que ya cuentan con legislación propia, a través de la que debe articularse el fomento de estas energías, como en materia de contratación pública.

Правообладателям