Читать книгу Derecho y energías renovables онлайн
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ssss1. Desde la famosa STC 64/1982, de 4 de noviembre, sobre la ley catalana de protección de los espacios de especial interés natural afectados por actividades extractivas (FJ 2: “La conclusión que se deduce del examen de los preceptos constitucionales lleva a la necesidad de compaginar en la forma que en cada caso decida el legislador competente la protección de ambos bienes constitucionales: el medio ambiente y el desarrollo económico”), que, además, lo que concluyó en ese caso fue la existencia de un desequilibrio en favor de la protección ambiental. Jurisprudencia reiterada luego, entre otras, por la STC 73/2000, de 14 de marzo (Itoiz) o por la serie de Sentencias en materia de fracking (SSTC 106, 134 y 208/2014, 73/2016, 8 y 65/2018), de las que me he ocupado con detalle en Jurisprudencia constitucional y medio ambiente, Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2017. O, más recientemente, con un desenlace contrario, la STC 112/2021, de 13 de mayo (Ley murciana 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor).