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ssss1. Disposición final decimocuarta (título competencial) de la Ley 40/2015. Fundamento confirmado por la STC 132/2018, de 13 de diciembre (FFJJ 7 y 8).

ssss1. Disposición final decimotercera (títulos competenciales) de la LCCTE.

ssss1. Pues, según doctrina constitucional, las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas (art. 149.1.18 CE) pueden incluir especialidades sectoriales y venir contenidas en leyes diferentes. En este sentido, entre otras, la STC 96/2020, de 21 de julio, sobre el deslinde de montes públicos (FJ 3).

ssss1. Sobre los convenios “mixtos” o interadministrativos con participación de sujetos privados, vid., MARTÍN HUERTA, P., Los convenios interadministrativos, Instituto Nacional de Administración pública, Madrid, 2000, pp. 91 y ss.; y PASCUAL GARCÍA, J., Convenios de colaboración entre Administraciones públicas y convenios con administrados, Boletín Oficial del Estado, Madrid, 2012, pp. 60 y 61.

ssss1. En este sentido, TOSCANO GIL, F., “La nueva regulación de los convenios administrativos en la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público”, op. cit., p. 26.

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