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ssss1. Vid., infra, apartado VII.5.2.

ssss1. Como vimos, supra, apartado VII.2.2, en el modelo francés se distingue formalmente entre el “contrato” (interadministrativo) y la “carta de compromiso” (por parte de sujetos privados).

ssss1. Como trámite preceptivo de alcance propiamente general (y básico) se encuentra únicamente la aportación de una memoria justificativa (art. 50.1), y ya con referencia exclusiva a la parte del procedimiento concerniente a la Administración General del Estado (art. 50.2), la necesidad de recabar una serie de informes (de los servicios jurídicos, los exigidos en su caso por la normativa sectorial aplicable, y del Ministerio de Política Territorial y Función Pública en ciertos supuestos), así como la autorización previa del Ministerio de Hacienda también en determinados casos.

ssss1. Estrategia de 2019, “Metodología de elaboración de los convenios de transición justa. Participación e innovación social” (pp. 45 y 46).

ssss1. Estrategia (pp. 45 y 46).

ssss1. Página web del Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico, apartado “transición justa” (https://www.miteco.gob.es/es/transicion-justa/default.aspx), que incluye, entre otros, los documentos “Todo lo que necesitas saber sobre los convenios de Transición Justa” y “Convenios de Transición Justa. Actualización noviembre 2020”, particularmente útiles.

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