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En cuanto a la influencia de los diversos sectores, el peso de las emisiones de los sectores difusos ha ido incrementándose. Así, en los últimos años hemos pasado de un 61% en el 2018, a un 64,2% en el año 2019. Y ello debido a la reducción mucho más intensa que se ha producido en el régimen de los derechos de emisión. Es, por tanto, en el ámbito de los sectores difusos en el que se debe realizar un mayor esfuerzo, marcado, como es sabido por ahora, con un objetivo de reducción del 26% a alcanzar en el 2030, respecto de las emisiones de 2005. En este camino se centra la senda que establece la siguiente decisión europea.

–Según la Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126.

Los valores de las emisiones de gases de efecto invernadero de 2005 respecto de España son de 241.979.192 t CO2-eq. (241.979 kt CO2-eq, aprox). Por otra parte, las asignaciones anuales de las emisiones (ANE) para España para cada año del período 2021-2030 (en ktCO2 eq.) son las siguientes:


Teniendo en consideración que el objetivo de reducción que marca la LCCTE del 23% respecto del año base de 1990, supone que en el 2030 el techo de emisiones no debe pasar la cifra de 223.300 kt CO2-eq., y que de ellas 180.055 kt CO2-eq. corresponden a los sectores difusos, nos queda para las emisiones del RCDE un margen de emisiones de unas 43.000 kt CO2-eq. Salvo que, en virtud de las concretas medidas que se adopten, en España se produzca una mayor reducción de emisiones por parte de los sectores difusos, dejando, así, mayor margen a las emisiones del RDCE.

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