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Que la empresa LIMPIEZAS, S.L. se adjudicó el servicio de limpieza de las oficinas Unibanco de la Provincia de Cádiz con fecha 16 de julio de 2.018, subrogando al trabajador en un 60 % de la jornada de trabajo en iguales condiciones que regían con anterioridad en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Limpieza para la Provincia de Cádiz en relación con el Convenio Colectivo Sectorial de Limpieza de Edificios y Locales.

El trabajador muestra su disconformidad con la decisión de la empresa empleadora EMPRESA, S.A. presentando demanda con fecha 7 de julio de 2.017 frente a EMPRESA, S.A. demanda que posteriormente amplio frente a la nueva empleadora LIMPIEZAS, S.L.

Cuestiones.

1. Analice si nos encontramos ante una modificación sustancial.

2. Si considera que nos encontramos ante un supuesto de modificación sustancial, indique si la decisión de la empresa es ajustada a derecho. Justifique la respuesta.

3. Considera que tiene alguna responsabilidad la nueva empresa adjudicataria del servicio de limpieza.

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