Читать книгу Régimen disciplinario castrense онлайн

116 страница из 199

2.4.2. Procedimiento faltas graves

Como faltas graves señala el Capítulo II, sección primera, la deserción simple (arts. 319 a 324); la sección segunda, se refiera al abuso de autoridad (arts. 325 a 328); y la sección tercera, trata de las otras faltas gravesssss1.

Se considera faltas graves “las acciones u omisiones que se castigan mediante procedimiento especial”, y éstas son las que se sancionan con suspensión de empleo, destino a un cuerpo de disciplina, recargo en el servicio o arresto de más de dos meses.

Se distingue, al igual que para las sanciones leves, en atención al sujeto activo que consuma la conducta. Para los oficiales, suspensión de empleo de dos meses y un día a un año; para los individuos de las clases de tropa destino a un cuerpo de disciplina de una a seis años, recargo en el servicio de dos meses a cuatro años o arresto de dos meses y un día a seis añosssss1.

Especialmente significativa era la sanción de arresto para la represión de determinadas conductas especialmente preocupantes en la época. Así, se reservaba esta sanción para el oficial que admita dádivas en consideración a sus serviciosssss1; para el individuo de las clases de tropa que contraiga matrimonio antes de los plazos que en el CJM se señalanssss1 así como el que reciba órdenes sagradas según sus respectivas situaciones; y, más genéricamente, para los supuestos de maltrato de obra o palabra que no constituya delito, el descuido de los deberes de centinela y la pérdida o sustracción de material de guerrassss1.

Правообладателям