Читать книгу Estatuto jurídico de la persona requerida para comparecer ante una comisión de investigación parlamentaria ostentando la condición de investigado en un procedimiento penal онлайн

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ssss1.Boletín Oficial de las Cortes Generales, núm. 101, de 30 de mayo de 1978, pp. 2233 y 2234.

ssss1.Álvarez Ossorio-Fernández, C., Op. cit., p. 44.

ssss1.Álvarez Ossorio-Fernández, C., op. cit., pp. 4-8.

ssss1.Extremo reflejado por la doctrina constitucionalista de la época de la II República. Vid. Ruiz del Castillo: “(…) los problemas que suscita la organización interna de las Cámaras son numerosos y complejos: constitución provisional y definitiva, funciones, procedimiento,… y en todas estas materias el reglamento de las Cámaras desenvuelve y completa los principios de Derecho parlamentario que todo texto constitucional contiene (…)”, Derecho Político, ed. Reus, Madrid, 1934, p. 331, cit. Álvarez Ossorio-Fernández, C., Op. cit., p. 9.

ssss1.La Constitución de Weimar, de 11 de agosto de 1919, reconocía expresamente el poder investigador del Parlamento, y a tal fin, su artículo 34 establecía: “El Reichstag tiene el derecho y, a requerimiento de una quinta parte de sus miembros, el deber de constituir Comisiones de investigación. Estas Comisiones recibirán en sesiones públicas las pruebas que ellas o los proponentes de la investigación estimen necesarias. Las Comisiones de investigación podrán acordar por mayoría de dos tercios que la actuación sea secreta. El Reglamento determinará el procedimiento de estas Comisiones y fijará el número de sus miembros. Los Tribunales y las autoridades administrativas quedan obligadas a prestar su concurso a estas Comisiones cuando lo requieran para la obtención de pruebas; los documentos oficiales les serán facilitados cuando los pidan. A las actuaciones de una Comisión de éstas y de las autoridades requeridas por ellas se aplicarán en lo posible los preceptos del Ordenamiento de Enjuiciamiento Criminal, aunque respetándose el secreto de la correspondiente postal, telegráfica y telefónica”. Reseña incluida en la obra de Santaolalla, F., op. cit., p. 206; op. cit. Álvarez Ossorio-Fernández, op. cit. p. 10.

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