Читать книгу Estatuto jurídico de la persona requerida para comparecer ante una comisión de investigación parlamentaria ostentando la condición de investigado en un procedimiento penal онлайн

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ssss1.Álvarez Ossorio-Fernández, C. Op. cit., pp. 55-56.

ssss1.Reproducido por Álvarez Ossorio-Fernández, C. en su obra, op. cit., p 56, cita núm. 119.

ssss1.Ídem Anterior, pp. 57-60.

ssss1.Reseña el autor en su trabajo los siguientes preceptos: a) artículo 82 de la Constitución de Italia de 1947: “(…) La Comisión de encuesta procede a las indagaciones y a los exámenes con los mismos poderes y las mismas limitaciones que la autoridad judicial”. En idéntico sentido el artículo 141.2. del Reglamento de la Cámara de los Diputados de Italia, de 18 de febrero de 1971; b) El artículo 4 de la Ley de 3 de mayo de 1880, sobre encuestas parlamentarias establece: “Los poderes atribuidos al Juez de Instrucción por el Código de Instrucción Criminal pertenecen a la Cámara o a la Comisión de investigación, así como a su Presidente”. En idéntico sentido el artículo 3 del Decreto del Consejo de la Comunidad francesa de 12 de junio de 1981 que fija el procedimiento de encuesta establecido por la Comunidad francesa; c) Artículo 181.5. de la Constitución de Portugal de 1976 (modificado por la Ley Constitucional 1/1982 de 30 de septiembre): “Las Comisiones parlamentarias de encuesta gozan de los poderes de investigación propios de las autoridades judiciales”.

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