Читать книгу Instrumentos jurídicos para la lucha contra la despoblación rural онлайн

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Particular interés ha de concederse a la agricultura de montaña, que conforma un ámbito de tratamiento preferencial identificado en la Constitución (art. 130.2) y en la política agraria de la Unión Europea. La legislación aprobada en 1982 prevé mecanismos de desarrollo de las zonas de agricultura de montaña y especialmente de las áreas de alta montaña, estableciendo los procedimientos de declaración y de actuación. El instrumento básico son los programas de ordenación y promoción de recursos agrarios de montaña elaborados con participación de las entidades territoriales implicadas y de los particulares interesados, que también se organizan en comités de coordinación encargados de la ejecución de los programas. En ellos se articula un conjunto variado de acciones y medidas de protección ambiental, realización de obras públicas, formación profesional y medidas de fomento de las explotaciones agrarias, el turismo, la industria y la artesanía.

Una notable y más amplia aplicación de estas técnicas la encontramos en la legislación de desarrollo rural sostenible (Ley 45/2007), que trata de organizar la cooperación entre los tres niveles de poder territorial: el estatal, el autonómico y el local. Se establecen fines amplios de mantenimiento y ampliación de la base económica del medio rural, del nivel de población, y del patrimonio natural y cultural. Específicamente, se identifican objetivos de fomento de una actividad económica continuada y diversificada, de dotación de infraestructuras y equipamientos, de acceso a la vivienda y otros. Como instrumento principal de ejecución se prevé un programa nacional aplicable en las zonas rurales prioritarias, que se delimitan en función de su baja densidad poblacional y escasa actividad económica.

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