Читать книгу Las instituciones de Autogobierno de la Comunidad Valenciana en el sistema político español онлайн

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Por lo que se refiere a las Interpelaciones, estas son también cuestiones que se plantean por un Diputado o por un Grupo Parlamentario al Gobierno o a alguno de sus miembros sobre un tema de Política General aunque sea relacionada con un área concreta de la acción del Ejecutivo. En principio parece que las interpelaciones revisten mayor importancia que las preguntas, y ello ha llevado a establecer que como consecuencia de la Interpelación si el Diputado o el Grupo interpelante no se encuentra satisfecho con la contestación dada por el Gobierno, éstos pueden presentar una Moción Subsiguiente a la misma, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la sustanciación de esta interpelación, para que la Cámara se pronuncie en torno a una decisión política. Los artículos 152 a 155 RCV son los que regulan las Interpelaciones que los Diputados y las diputadas y los Grupos Parlamentarios pueden formular al Consell y a cada uno de los Consellers. Como en el caso de las preguntas, se presentan por escrito, sobre cuestiones de política general del Consell o de alguna Conselleria. El escrito es calificado por la Mesa de Les Corts y siguiendo el Reglamento las Interpelaciones pueden ser de procedimiento ordinario o de procedimiento especial de urgencia. Las primeras pueden ser presentadas por un Diputado o diputada o por un Grupo Parlamentario, por escrito, el lunes anterior a la semana en que se realice el Pleno en el que quiere debatirse la Interpelación, no pudiéndose incluir más de dos por Grupo Parlamentario. Las Interpelaciones presentadas por el procedimiento especial de urgencia podrán ser presentadas por un Grupo Parlamentario, no por Diputados, antes de las 14:00 horas del viernes anterior a la realización del Pleno en la que deban ser incluidas y versarán sobre cuestiones de máxima actualidad. En cada sesión plenaria solamente podrá incluirse una Interpelación, por Grupo Parlamentario, de las presentadas por procedimiento especial de urgencia.

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