Читать книгу Las instituciones de Autogobierno de la Comunidad Valenciana en el sistema político español онлайн
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4.5. Preguntas e interpelaciones
Las Preguntas y las Interpelaciones vienen reguladas en el Título VIII del RCV, entre los artículos 152 a 163.
Las preguntas parlamentarias no constituyen únicamente un medio de información de los Diputados, sino que en la mayoría de los casos se transforman en un instrumento de crítica y control de la acción del Ejecutivo. En el actual Reglamento de Les Corts Valencianes las preguntas pueden ser formuladas por los Diputados y las diputadas y dirigirse al Consell y a cada uno de sus miembros; en todos los casos se presentan por escrito, las califica la Mesa de Les Corts, que puede no admitir aquellas que representen exclusivo interés de quien las formula o afecten a persona singularizadas o representen una consulta estrictamente jurídica. En defecto de indicación concreta se entenderá que quien la formula solicita respuesta por escrito, a no ser que indique que la pregunta pretende contestación oral ante el Pleno o contestación oral ante la Comisión. En el caso de las preguntas orales ante el Pleno, estas se incluyen en los Plenos que incluyan control del Consell y deben presentarse con una antelación de ocho días a la fecha de inicio del Pleno, correspondiendo cuatro a cada Grupo Parlamentario por Pleno. En el caso de las preguntas orales en Comisión, estas deben publicarse y estar en disposición de ser incluidas en el orden del día a partir de los siete días desde su publicación. Corresponderá a la Mesa de la Comisión señalar el número de preguntas que deben incluirse en el orden del día de cada sesión y el criterio de distribución entre Diputados y diputadas de cada Grupo Parlamentario. Por último, los Diputados y las diputadas pueden formular preguntas solicitando contestación escrita que deben realizarse dentro de los quince días siguientes a su publicación. Esta, debe hacerse, además, en el plazo máximo de diez días desde su presentación.